Auto Supremo AS/0820/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0820/2015-RA-L

Fecha: 16-Nov-2015

En conclusión, en base a la nueva prueba adjunta y los argumentos expuestos se infiere:


En conclusión, en base a la nueva prueba adjunta y los argumentos expuestos se infiere: 1) En relación al inc. 1 del art. 421 del CPP, se tiene, que los fallos emitidos resultarían incompatibles con los Autos Supremos 468 de 19 de septiembre de 2001, 405 de 15 de octubre de 2002 y 442 de 15 de octubre de 2005, al no existir perjuicio; 2) Con relación a los incs. 4), 5) y 6) del mismo cuerpo normativo, estos se hallarían acreditados por la nueva prueba aportada, misma que demuestra, que los hechos no fueron cometidos y que la recurrente no llegó a falsificar ningún documento