Auto Supremo AS/0846/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0846/2015

Fecha: 03-Nov-2015

45, 67

45, 67.II de la CPE, el art. 14 del os Nº 27543 de 31 de mayo 2004 y el art. 83 del MPRCPA para viabilizar y facilitar que el asegurado acceda a un Certificado de Compensación de Cotizaciones en el que se incluya un monto de dinero que responda a la realidad ante la información parcial que se tenía del Área de Certificación y Archivo Central, debió recurrir a la consideración y valoración de la documentación supletoria cursante en el expediente adjuntada por el interesado en su recurso de reclamación, consistente en la certificación otorgada por la Compañía Boliviana de Ingeniería (fs. 66), en la que consigna como fecha de ingreso del trabajador el 3 de enero de 1978 y la fecha de retiro el 4 de febrero de 1979, el formulario de afiliación y reingreso del trabajador (fs. 65), a través del cual se evidencia como fecha de ingreso del trabajador el 3 de enero de 1978, el formulario AVC-07 emitido por la Caja Nacional de Salud (fs. 64) en el que se consigna como fecha de baja del trabajador el 4 de febrero de 1979, documentación que evidencia, que el trabajador aportó a la seguridad social en dichos periodos, con el propósito de ser pasible al goce de una renta que les permita atender sus necesidades básicas y vitales al llegar a una determinada edad como un derecho adquirido y compensatorio al esfuerzo laboral realizado