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45, 67.II de la CPE, el art. 14 del os Nº 27543 de 31 de mayo 2004 y el art. 83 del MPRCPA para viabilizar y facilitar que el asegurado acceda a un Certificado de Compensación de Cotizaciones en el que se incluya un monto de dinero que responda a la realidad ante la información parcial que se tenía del Área de Certificación y Archivo Central, debió recurrir a la consideración y valoración de la documentación supletoria cursante en el expediente adjuntada por el interesado en su recurso de reclamación, consistente en la certificación otorgada por la Compañía Boliviana de Ingeniería (fs. 66), en la que consigna como fecha de ingreso del trabajador el 3 de enero de 1978 y la fecha de retiro el 4 de febrero de 1979, el formulario de afiliación y reingreso del trabajador (fs. 65), a través del cual se evidencia como fecha de ingreso del trabajador el 3 de enero de 1978, el formulario AVC-07 emitido por la Caja Nacional de Salud (fs. 64) en el que se consigna como fecha de baja del trabajador el 4 de febrero de 1979, documentación que evidencia, que el trabajador aportó a la seguridad social en dichos periodos, con el propósito de ser pasible al goce de una renta que les permita atender sus necesidades básicas y vitales al llegar a una determinada edad como un derecho adquirido y compensatorio al esfuerzo laboral realizado
- CONSIDERANDO 1
- Por memorial de fs
- Concedido el recurso, la Comisión de Reclamación mediante Resolución Nº 030/2015
- Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº
- El Auto de Vista referido, motivó el recurso de casación en la forma
- Denunció violación del parágrafo I del art
- Indicó que, el art
- Manifestó que, el Tribunal de apelación interpreta de
- b) del os Nº 0822 de 16 de marzo de 2011, el art
- Concluyó el recurso, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo casando
- CONSIDERANDO II
- El hecho expresado como motivo recursivo, tal
- Del contenido del recurso de casación, se colige que la controversia radica en determinar, si
- En el ámbito referido, el art
- de reparto, emitió la R
- En el marco de lo referido, de la revisión de antecedentes, se
- Contra la indicada resolución, por memorial de fs
- En el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde establecer que, la normativización para la
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- Precisamente estos fueron los defectos advertidos por el Tribunal de Alzada en la
- Sin embargo, este Tribunal advierte que el Tribunal de instancia incurrió en error de hecho
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
