Manifestó que, el Tribunal de apelación interpreta de
Manifestó que, el Tribunal de apelación interpreta de forma errónea y superficial el DS Nº 27543, al no haber considerado que el interesado ha presentado la documentación de descargo después de la vigencia de la indicada normativa, es decir, de las gestiones 2008 y 2011
- CONSIDERANDO 1
- Por memorial de fs
- Concedido el recurso, la Comisión de Reclamación mediante Resolución Nº 030/2015
- Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº
- El Auto de Vista referido, motivó el recurso de casación en la forma
- Denunció violación del parágrafo I del art
- Indicó que, el art
- Manifestó que, el Tribunal de apelación interpreta de
- b) del os Nº 0822 de 16 de marzo de 2011, el art
- Concluyó el recurso, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo casando
- CONSIDERANDO II
- El hecho expresado como motivo recursivo, tal
- Del contenido del recurso de casación, se colige que la controversia radica en determinar, si
- En el ámbito referido, el art
- de reparto, emitió la R
- En el marco de lo referido, de la revisión de antecedentes, se
- Contra la indicada resolución, por memorial de fs
- En el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde establecer que, la normativización para la
- 45, 67
- Precisamente estos fueron los defectos advertidos por el Tribunal de Alzada en la
- Sin embargo, este Tribunal advierte que el Tribunal de instancia incurrió en error de hecho
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
