Corresponde señalar que, el Código de Seguridad Social (CSS), en su art
II.1.2 Sobre el tiempo necesario de convivencia antes del fallecimiento del causante para que la esposa o conviviente sea beneficiaria de la renta de viudedad
Corresponde señalar que, el Código de Seguridad Social (CSS), en su art. 52 concordante con el art. 103 de su Reglamento, establecen como sujetos para el pago de la Renta de Viudedad: A la esposa, o a falta de ésta, a la conviviente que hubiera estado inscrita como tal en los registros de la Caja, por lo menos un año antes del fallecimiento del causante, siempre que no hubiere existido impedimento legal para contraer matrimonio y que la vida en común se hubiera iniciado dos o más años antes del deceso y a falta de la esposa y en caso de no existir conviviente inscrita en los registros de la Caja, tiene derecho la conviviente que al momento del fallecimiento del asegurado, tenga hijos del causante o hubiese quedado en estado de gravidez para éste, señalando además que no tendrá derecho a Renta de Viudedad la divorciada por Sentencia ejecutoriada antes de la fecha de fallecimiento del causante, y la esposa que hubiere estado separada dos o más años por su culpa
Corresponde señalar que, el Código de Seguridad Social (CSS), en su art. 52 concordante con el art. 103 de su Reglamento, establecen como sujetos para el pago de la Renta de Viudedad: A la esposa, o a falta de ésta, a la conviviente que hubiera estado inscrita como tal en los registros de la Caja, por lo menos un año antes del fallecimiento del causante, siempre que no hubiere existido impedimento legal para contraer matrimonio y que la vida en común se hubiera iniciado dos o más años antes del deceso y a falta de la esposa y en caso de no existir conviviente inscrita en los registros de la Caja, tiene derecho la conviviente que al momento del fallecimiento del asegurado, tenga hijos del causante o hubiese quedado en estado de gravidez para éste, señalando además que no tendrá derecho a Renta de Viudedad la divorciada por Sentencia ejecutoriada antes de la fecha de fallecimiento del causante, y la esposa que hubiere estado separada dos o más años por su culpa
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- I
- De la revisión del recurso de nulidad se extrae como motivos del mismo lo siguiente
- b) Refiere que, el Auto de Vista Impugnado en el numeral 3 del segundo considerando,
- c) Señala que, en el numeral 4 del segundo considerando el Tribunal de Alzada aplicó
- d) Finalmente manifiesta no ser evidente que, Bigman Delgado Vargas y Margarita Rivera Aransivia convivieron
- Pide que, este Tribunal Supremo case el Auto de Vista recurrido disponiendo la ineficacia
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación, se advierte que, el mismo denuncia una
- Es primordial establecer que el art
- Corresponde señalar que, el Código de Seguridad Social (CSS), en su art
- En ese marco también, el art
- De la norma referida se infiere que el tiempo de convivencia de la esposa o
- En el caso presente de la revisión de antecedentes se puede advertir que el matrimonio
- En lo que concierne a la nota cursante a fs
- Por lo expuesto precedentemente, se evidencia que el Tribunal de Alzada aplicó correctamente la normativa
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
