Auto Supremo AS/0859/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0859/2015

Fecha: 03-Nov-2015

VISTOS: El recurso de casación de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 859
Sucre, 03 de noviembre de 2015

Expediente: 317/2015-A
Demandante: Margarita Rivera Aransivia
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación de fs. 547 a 548 interpuesto por Margarita Rivera Aransivia por Bigman Delgado Vargas, contra el Auto de Vista Nº 281/2014 de 3 de diciembre de fs. 540 a 542, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del trámite de reclamación seguido por Margarita Rivera Aransivia contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), el Auto de 14 de agosto de 2015 cursante a fs. 550 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
1) Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones
I.1.1 Por Resolución Nº 10556 de 15 de octubre de 2012, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, desestimó la Renta Única de viudedad solicitada por Margarita Rivera Aransivia “por no haber convivido con el causante los dos últimos años previos a su muerte de conformidad a lo señalado por el art. 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y en el Informe Social SENASIR OR-TS-P Nº 016/11 de fecha 8 de diciembre de 2011, debiendo tener presente además que existe Sentencia de Divorcio emitida en Primera instancia, hecho que corrobora los antecedentes precedentemente expuestos.” (sic)