Auto Supremo AS/0867/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0867/2015

Fecha: 03-Nov-2015

Antes de considerar los fundamentos del recurso planteado, es pertinente mencionar que en cumplimiento a

CONSIDERANDO II:
Fundamentos jurídicos del fallo
Antes de considerar los fundamentos del recurso planteado, es pertinente mencionar que en cumplimiento a lo establecido en el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), el Tribunal Supremo de Justicia tiene la facultad de revisar las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si concurrieron irregularidades procesales en la tramitación de los procesos, para imponer en su caso, la sanción que corresponda o determinar si correspondiese, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, la nulidad de obrados de oficio, según prevé el art. 252 del Código de Procedimiento Civil (CPC)