f) Se reclamó se dé cabal cumplimiento a lo establecido en el art
e) La AT, respecto de la carga de la prueba, pretende que ésta recaiga únicamente sobre el sujeto pasivo, cuando por mandato expreso del art. 76 del CT., recae también sobre la AT, concordante con el art. 96 del mismo cuerpo legal, en plena igualdad de condiciones, que al igual que todos los fundamentos no merecieron ningún tipo de análisis y pronunciamiento en el AV; dejando a la empresa en total indefensión; debido a que primero la AT, en el proceso de determinación no ha cumplido con su obligación de probar y sustentar la determinación con respaldos materiales y documentales, extremo probado cuando no existe un detalle preciso de mercancías y/o productos que habrían sido objeto de venta sin factura; La AT tuvo la posibilidad de revisar e incluir toda ésta información tanto de la pólizas de importación DUIs, como de las facturas emitidas, de manera que ésta información de manera exacta y precisa otorgue resultados acertados, por lo que la fiscalización efectuada carece de sustento objetivo, así como la AT reconoce que es una presunción, vulnerando el principio de verdad material consagrado en el art. 4 de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo, extremo que no fue corregido por el A quo y que en apelación no fue considerado por el Ad quem .
f) Se reclamó se dé cabal cumplimiento a lo establecido en el art. 47 del CT., al haber existido una serie de inobservancias que afectan el derecho a la defensa, al no haber desarrollado la fórmula de determinación de deuda tributaria como manda la norma
f) Se reclamó se dé cabal cumplimiento a lo establecido en el art. 47 del CT., al haber existido una serie de inobservancias que afectan el derecho a la defensa, al no haber desarrollado la fórmula de determinación de deuda tributaria como manda la norma
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Rodrigo Alfonso
- La indicada determinación, motivó el recurso de casación en el fondo y la forma, en
- a) El Auto de Vista estableció que el recurso de apelación contiene apreciaciones subjetivas, sin
- b) Por otra parte el Tribunal de Alzada no ha considerado que según lo expuesto
- d) Señala que el Juez de Primera instancia no ha considerado, aplicado y valorado correctamente
- f) Se reclamó se dé cabal cumplimiento a lo establecido en el art
- Solicita al Tribunal Supremo de Justicia que al evidenciarse la existencia de violación,
- Antes de considerar los fundamentos del recurso planteado, es pertinente mencionar que en cumplimiento a
- En contexto el art
- Actitud que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a su
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- En el caso de Autos el recurrente mencionó que se habría interpretado erróneamente la norma
- En tal razón, correspondía al Tribunal de apelación, pronunciarse al respecto, otorgando al contribuyente una
- La Sentencia Constitucional Plurinacional 0092/2012 de 19 de abril de 2012, estableció que: “La
- La debida y suficiente fundamentación de los fallos que supone exponer no sólo el razonamiento,
- El Tribunal de apelación no cumplió con las previsiones contenidas en los arts
- Consecuentemente, por todo lo expuesto corresponde dar cumplimiento a los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
