El Tribunal de apelación no cumplió con las previsiones contenidas en los arts
El Tribunal de apelación no cumplió con las previsiones contenidas en los arts. 190, 192, 236 del CPC, normas procesales que son de orden público y cumplimiento obligatorio conforme instituye el art. 90 del CPC, cuya inobservancia importa la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo e impide que se abra la competencia de este Tribunal Supremo de Justicia para resolver el fondo del recurso planteado, pues no puede emitirse criterio jurídico respecto de circunstancias de fondo que no fueron resueltas por el Tribunal de Alzada
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma interpuesto por Rodrigo Alfonso
- La indicada determinación, motivó el recurso de casación en el fondo y la forma, en
- a) El Auto de Vista estableció que el recurso de apelación contiene apreciaciones subjetivas, sin
- b) Por otra parte el Tribunal de Alzada no ha considerado que según lo expuesto
- d) Señala que el Juez de Primera instancia no ha considerado, aplicado y valorado correctamente
- f) Se reclamó se dé cabal cumplimiento a lo establecido en el art
- Solicita al Tribunal Supremo de Justicia que al evidenciarse la existencia de violación,
- Antes de considerar los fundamentos del recurso planteado, es pertinente mencionar que en cumplimiento a
- En contexto el art
- Actitud que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a su
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- En el caso de Autos el recurrente mencionó que se habría interpretado erróneamente la norma
- En tal razón, correspondía al Tribunal de apelación, pronunciarse al respecto, otorgando al contribuyente una
- La Sentencia Constitucional Plurinacional 0092/2012 de 19 de abril de 2012, estableció que: “La
- La debida y suficiente fundamentación de los fallos que supone exponer no sólo el razonamiento,
- El Tribunal de apelación no cumplió con las previsiones contenidas en los arts
- Consecuentemente, por todo lo expuesto corresponde dar cumplimiento a los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
