Auto Supremo AS/1011/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1011/2015

Fecha: 16-Nov-2015

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1.- El Tribunal no hace una revisión minuciosa de la Sentencia pronunciada sobre todo del testimonio de poder Nº 521/01 de fecha 20 de julio de 2001, otorgado por ante Notario Dr. Abraham Lazarte Lizarazu ya que no es el mismo que se menciona en su demanda, toda vez que se hace referencia al Testimonio Nº 870/2002, personería que no ha sido considerada en la Resolución, la autoridad ni siquiera se ha dado a la molestia de revisar los testimonios que como Director del proceso tiene el deber de cuidar de que los procesos se desarrollen sin vicios de nulidad, al no considerar en Sentencia se estaría apartando de la norma constitucional a interceptado, y no le está dando esa validez jurídica que además tiene un efecto vinculante y obligatorio a todos los Poderes del Estado, razón por la cual debió ser considerada en la Resolución