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    Auto Supremo AS/1011/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1011/2015

    Fecha: 16-Nov-2015

    Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

    Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra esa Sentencia de primera instancia el demandado, dentro el plazo legal interpuso recurso ordinario
    • Concedido el indicado recurso la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia
    • CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • 1
    • 2
    • Del Recurso de Casación de Nancy Vargas Vargas de Jerez y Mario Jorge Jerez Calle
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Correspondiendo en consecuencia resolver en la forma prevista por los arts
    • Del contexto del recurso de casación, se tiene que el agravio denunciado gira en torno
    • Así mismo la Sentencia Constitucional Nº 1673/2011-R de fecha 21 de octubre sobre la congruencia
    • En el caso de Autos se tiene que el demandado debidamente citado con la demanda
    • En cumplimiento de dicha determinación, obrados son remitidos a conocimiento del Juez de Partido Segundo
    • De todo lo relacionado precedentemente se tiene que no cursa en el expediente solicitud vía
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser error excusable
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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