Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1029/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1029/2015

    Fecha: 16-Nov-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Citado el demandado responde pidiendo que se deje sin efecto su demanda porque su persona
    • Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia, cursante de fs
    • La empresa recurrente interpuso recurso de casación en el fondo expresando los siguientes agravios
    • Manifiesta que existe errónea aplicación del art
    • Expresa que existe violación y errónea aplicación de los arts
    • Acusa errónea apreciación y valoración de las pruebas entre ellos el contrato de trabajo que
    • Denuncia que el Auto de Vista es fruto de un simple y libre convencimiento unilateral
    • Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que se casa el Auto de Vista y
    • En mérito a que la empresa recurrente interpuso recurso de casación en el fondo, resolveremos
    • Al respecto diremos que el proceso de rendición de cuentas conforme lo determina el
    • Hay gestión de negocios ajenos cuando una persona interviene espontánea o voluntariamente, esto es, sin
    • Su responsabilidad se extendía normalmente hasta la culpa leve, respondiendo por el caso fortuito en
    • Dentro de los efectos de la gestión de negocios están las obligaciones del gestor de
    • Respecto a las situaciones en las que el gestor da por terminada la obligación debemos
    • De la prueba documental adjuntada a la demanda Auditoría especial de inventarios cursante de fs
    • De las pruebas documentales referidas se evidencia que el demandado no tenía la calidad
    • Con relación a la errónea aplicación del art
    • Con relación al hecho de que existe una errónea apreciación y valoración de las pruebas
    • Asimismo este Tribunal considera que en base a los principios de legalidad, seguridad jurídica, debido
    • Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
    • POR TANTO
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca