Auto Supremo AS/1029/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1029/2015

Fecha: 16-Nov-2015

En mérito a que la empresa recurrente interpuso recurso de casación en el fondo, resolveremos

CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En mérito a que la empresa recurrente interpuso recurso de casación en el fondo, resolveremos el mismo conforme los agravios expuestos:
La empresa recurrente denuncia que el Tribunal de Alzada hubiese realizado una interpretación errónea respecto a los arts. 687, 688, 639, 640, 641, 370, 233 inc. II, 90 y 91 del Código de Procedimiento Civil con relación a la rendición de cuentas, tomando como parámetro que la empresa demandante interpuso la demanda de rendición de cuentas, una vez concluida la relación laboral, habiendo incluso cancelado los beneficios sociales a la renuncia del trabajador de la empresa, teniendo el demandando la obligación de rendición de cuentas