Ahora bien, estando establecido la fecha de la declaración de perención de instancia (31 de
Ahora bien, estando establecido la fecha de la declaración de perención de instancia (31 de agosto de 2007) y la fecha de inicio de la nueva acción, tomando en cuenta su presentación (1 de agosto de 2008) se tiene que la nueva demanda fue presentada dentro de los parámetros establecidos por el art. 311 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, dicha disposición indica: “(EFECTOS DE LA PERENCIÓN) La perención de instancia no importará la extinción de la acción, pudiendo intentarse una nueva demanda dentro del año siguiente. Transcurrido este plazo la acción quedará extinguida.” (la negrilla y el subrayado es nuestro), conforme dispone dicha normativa, se puede intentar una nueva demanda dentro del año siguiente, situación que se subsume en el caso de autos; como se tiene explicado supra, la parte actora inició su demanda dentro del año siguiente a la declaración de la perención de instancia, hecho objetivo que no puede ser desconocido por la parte recurrente
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista de fecha 17 de mayo de 2011, la demandada solicitó
- En el fondo
- El recurrente señala que el actor interpuso su primera demanda de división y partición el
- Indica que tomando en cuenta la fecha de la declaración de perención de instancia, y
- En el caso de Autos la recurrente pretende soslayar la división y partición de un
- Que, conforme a las fotocopias de fs
- Que, la presente demanda también de división y partición se inició el 31 de julio
- Ahora bien, estando establecido la fecha de la declaración de perención de instancia (31 de
- Al respecto Gonzalo Castellanos Trigo indica: “El único efecto de la perención es extinguir el
- Como se tiene expuesto supra, el actor inicio la presente demanda dentro del año, en
- Por dicho motivo concluiremos indicando que el Juez A quo y el Tribunal Ad quem
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
