Asimismo refiere que mediante Escritura Pública de compraventa Nº 042/2006 de 01 de agosto de
Asimismo refiere que mediante Escritura Pública de compraventa Nº 042/2006 de 01 de agosto de 2006 José Reynaldo Becerra Palza y Juan José Banda Rojas notariaron la compra venta, habiendo colocado para fines tributarios el precio de Bs. 500.000, consiguientemente perfeccionada la venta y entrega plenamente el inmueble, lugar donde actualmente vive y habita el demandado; sin embargo el demando no habría dado cumplimiento a su obligación de cancelar el saldo pendiente, no obstante haber enviado cartas notariadas
- Proceso: Cumplimiento de Contrato y Resarcimiento de Daños y Perjuicios. Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Asimismo refiere que mediante Escritura Pública de compraventa Nº 042/2006 de 01 de agosto de
- Por lo que al amparo de los arts
- Citado el demandado, mediante memorial de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil
- Contra esa resolución de primera instancia, la parte demandada interpuso recurso de apelación, en cuyo
- En la forma
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- En el fondo
- Por lo expuesto, interpone “RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº S-123/2011,
- CONSIDERANDO III:
- Ahora bien la parte recurrente a través de su recurso de casación en la forma
- Por lo que debemos señalar que la presente acción tiene como base el documento privado
- Asimismo del análisis de los agravios 2, 3, 4, 5 y 6 del recurso, se
- Con relación a los agravios señalados debemos manifestar que contra una resolución que resuelve una
- Al agravio 7, el recurrente señala que las normas de conclusión de los pleitos son
- Como se tiene manifestado líneas arriba el art
- De la revisión de obrados, cursan memorial de modificación de demanda fs
- A los agravio 9 y 10, alega que la citación con la demanda y decreto
- A los agravios denunciados debemos señalar que estos resultan ser contradictorios con el agravio precedente,
- Ahora bien, de la revisión exhaustiva de obrados se tiene que el demandado si tomo
- Al agravio 11, refiere que el art
- Al agravio 12, acusa que tanto la Sentencia como el Auto de Vista Nº S-123/2011
- Como se tiene manifestado precedentemente los supuestos vicios procesales detectados por la parte demandante, fueron
- Del entendimiento del agravio denunciado en este punto se advierte que el recurrente pretende hacer
- Con relación a este punto diremos que el art
- El art
- Finalmente el art
- De la interpretación de las citadas normas, se tiene establecido que las partes intervinientes de
- Al agravio 2, acusa que el Auto de Vista Nº S-123/2011 de 20 de septiembre
- Por todo lo señalado precedentemente, corresponde a éste Tribunal resolver conforme lo estipulado en los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
