Auto Supremo AS/1088/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1088/2015

Fecha: 18-Nov-2015

De la interpretación de las citadas normas, se tiene establecido que las partes intervinientes de

De la interpretación de las citadas normas, se tiene establecido que las partes intervinientes de un contrato tienen derechos que exigir y obligaciones que cumplir, concretamente en el caso de autos, el comprador al pago total del precio acordado y el vendedor la entrega de la cosa vendida, consecuentemente de la revisión de actuados procesales se tiene claramente demostrado que el vendedor cumplió con la entrega de la cosa vendida, encontrándose el comprador en posesión del inmueble objeto de la venta, aspecto que fue verificado por el juez de la causa, en audiencia de inspección ocular, según acta de fs. 350-351, además de haber sido registrado el inmueble a nombre del comprador en oficinas de Derecho Reales, tal como se evidencia en el folio real de fs. 410-411, lo que implica que el vendedor si entrego la documentación correspondiente sin la cual no se hubiera procedido al registro del derecho propietario del ahora recurrente, por lo que no se evidencia que el vendedor no hubiera cumplido con las obligaciones que la ley le impone