Por lo expuesto, interpone “RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº S-123/2011,
2.- Acusa que el Auto de Vista Nº S-123/2011 de 20 de septiembre de 2011, en vista de descarto de las pruebas de descargo propuestas a fs. 273 a 287, el Tribunal no advirtió que el Juez A quo desconoció sus facultades indelegables de apreciación de pruebas (deposito bancaria efectivizado en la cuenta del demandante en fecha 04 de febrero de 2006, fotocopia del depósito bancario y extracto bancario del mes de febrero de 2006), incurriendo en quebrantamiento del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, con relación al art. 1286 del Código Civil.
Por lo expuesto, interpone “RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº S-123/2011, solicitando que la Excma. Corte Suprema de Justicia anule obrados hasta el Auto de 28 de marzo de 2007 cursante a fs. 6 o hasta la demanda ordinaria de fs. 67-70 inclusive, siendo insuficiente el poder de fs. 1-2
Por lo expuesto, interpone “RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº S-123/2011, solicitando que la Excma. Corte Suprema de Justicia anule obrados hasta el Auto de 28 de marzo de 2007 cursante a fs. 6 o hasta la demanda ordinaria de fs. 67-70 inclusive, siendo insuficiente el poder de fs. 1-2
- Proceso: Cumplimiento de Contrato y Resarcimiento de Daños y Perjuicios. Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Asimismo refiere que mediante Escritura Pública de compraventa Nº 042/2006 de 01 de agosto de
- Por lo que al amparo de los arts
- Citado el demandado, mediante memorial de fs
- Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil
- Contra esa resolución de primera instancia, la parte demandada interpuso recurso de apelación, en cuyo
- En la forma
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- En el fondo
- Por lo expuesto, interpone “RECURSO DE CASACION” contra el Auto de Vista Nº S-123/2011,
- CONSIDERANDO III:
- Ahora bien la parte recurrente a través de su recurso de casación en la forma
- Por lo que debemos señalar que la presente acción tiene como base el documento privado
- Asimismo del análisis de los agravios 2, 3, 4, 5 y 6 del recurso, se
- Con relación a los agravios señalados debemos manifestar que contra una resolución que resuelve una
- Al agravio 7, el recurrente señala que las normas de conclusión de los pleitos son
- Como se tiene manifestado líneas arriba el art
- De la revisión de obrados, cursan memorial de modificación de demanda fs
- A los agravio 9 y 10, alega que la citación con la demanda y decreto
- A los agravios denunciados debemos señalar que estos resultan ser contradictorios con el agravio precedente,
- Ahora bien, de la revisión exhaustiva de obrados se tiene que el demandado si tomo
- Al agravio 11, refiere que el art
- Al agravio 12, acusa que tanto la Sentencia como el Auto de Vista Nº S-123/2011
- Como se tiene manifestado precedentemente los supuestos vicios procesales detectados por la parte demandante, fueron
- Del entendimiento del agravio denunciado en este punto se advierte que el recurrente pretende hacer
- Con relación a este punto diremos que el art
- El art
- Finalmente el art
- De la interpretación de las citadas normas, se tiene establecido que las partes intervinientes de
- Al agravio 2, acusa que el Auto de Vista Nº S-123/2011 de 20 de septiembre
- Por todo lo señalado precedentemente, corresponde a éste Tribunal resolver conforme lo estipulado en los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
