Auto Supremo AS/1094/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1094/2015

Fecha: 23-Nov-2015

Otro aspecto que reclama la recurrente es que los demandantes nunca estuvieron en posesión natural


Otro aspecto que reclama la recurrente es que los demandantes nunca estuvieron en posesión natural o física del inmueble o que su derecho lo hubiesen ejercido por intermedio de una tercera persona, sobre el particular diremos que al margen de que la recurrente debió ser quien demuestre tal extremo conforme a lo dispuesto en los arts. 1383 del Código Civil y art. 375 del Adjetivo Civil, no menos cierto es el hecho de que la reivindicación como acción de defensa de la propiedad se halla reservada al propietario que ha perdido la posesión de una cosa, y que este derecho propietario, por su naturaleza, conlleva la posesión, que emerge del derecho mismo, consiguientemente, quien pretende dicha acción no necesariamente debe estar en posesión corporal o natural del bien, habida cuenta que tiene la "posesión civil" que está integrada en sus elementos "corpus y animus", por cuanto, el hecho de que los actores principales hayan estado o no en posesión física del inmueble, en lo que respecta a la reivindicación, no resulta ser un requisito que haga viable dicha pretensión