Auto Supremo AS/1094/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1094/2015

Fecha: 23-Nov-2015

Se haría referencia asimismo a la diferencia de precios entre los pagados por los demandantes

Se haría referencia asimismo a la diferencia de precios entre los pagados por los demandantes y su persona, pero no se habría tomado en cuenta que no se trataría de una demanda de lesión en el precio. Que los Vocales presumieron la prefabricación de documentos, al haber referido a los antecedentes, atribuyéndose funciones de Fiscales y Jueces de materia Penal, vulnerando principio de inocencia y con base a presunciones revocar la Sentencia, cuestionando la utilización de términos que dice un Abogado y menos un Juez de esa talla de responsabilidad debería hacerlo