Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada
Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada (fs. 77 a 78 vta.), que en lo sustancial acusó:
Error de hecho en la valoración de las pruebas de fs. 49 a 50 de obrados, en relación al derecho del aguinaldo otorgado por los de instancia a favor del trabajador, que según la entidad recurrente no correspondería, en razón a que el actor habría recibido dicho derecho por duodécimas según constaría de las pruebas acusadas, consistente en la planillas de pago de la gestión 2010 en el monto de Bs.-1.326,27.- (mil trescientos veintiséis 27/100 bolivianos), mismas que habrían sido firmadas por él demandante; en ese sentido, no se habría interpretado ni valorado correctamente la prueba
Error de hecho en la valoración de las pruebas de fs. 49 a 50 de obrados, en relación al derecho del aguinaldo otorgado por los de instancia a favor del trabajador, que según la entidad recurrente no correspondería, en razón a que el actor habría recibido dicho derecho por duodécimas según constaría de las pruebas acusadas, consistente en la planillas de pago de la gestión 2010 en el monto de Bs.-1.326,27.- (mil trescientos veintiséis 27/100 bolivianos), mismas que habrían sido firmadas por él demandante; en ese sentido, no se habría interpretado ni valorado correctamente la prueba
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- I. 1. 1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso por pago de beneficios sociales y derechos laborales, el Juez de
- I. 1. 2. Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación por Marco Antonio Salgado Luna, en representación del Servicio Departamental
- I. 2. Motivos del recurso de casación
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada
- Por otra parte, en relación al subsidio de frontera otorgado al trabajador, según la entidad
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 79/2015
- II.Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, en mérito de los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo,
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- Previamente cabe indicar que el art
- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador
- Razón por la cual, en el caso objeto de análisis, respecto a la problemática planteada,
- 3
- Al respecto, el Tribunal de apelación al confirmar la Sentencia de primer grado, en relación
- En consecuencia, en el caso de autos y en relación al punto cuestionado, el Tribunal
- Para finalizar, se debe anotar que, la valoración de la prueba no debe limitarse sólo
- A ello cabe agregarse a mayor abundamiento que por mandato del art
- Por lo relacionado, siendo en parte evidentes las infracciones acusadas por la entidad recurrente en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin responsabilidad ni multa por encontrarse excusable el error cometido
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
