Con ese antecedente, expuestos que fueron los fundamentos del recurso de casación en el fondo
Con ese antecedente, expuestos que fueron los fundamentos del recurso de casación en el fondo para su resolución, es menester realizar las siguientes consideraciones:
En relación a la acusada violación de los arts. 154 y 161 del Código Procesal del Trabajo (CPT), cabe señalar que el Auto de Vista Nº 75/15 de 25 de mayo de 2015, ha considerado los argumentos del recurrente respecto a la afectación reclamada en sentido de no ser el representante legal y haber demostrado durante la tramitación del proceso no tener esa calidad, aspecto este que conforme se observa del primer considerando ha sido resuelto con fundamentos sustentados en la prueba cursante de fs. 11 a 171, demostrativa de que la relación obrero patronal existió entre los demandantes y el demandado, así como por la cursante de fs. 227 a 233, documental demostrativa de que la obra de construcción se ejecutó fungiendo el demandado como contratista generándose para este último las obligaciones laborales emergentes de la contratación de personal, en consecuencia la violación de la normativa procesal alegada , carece de fundamento, siendo correcta la valoración del Tribunal de alzada al respecto
En relación a la acusada violación de los arts. 154 y 161 del Código Procesal del Trabajo (CPT), cabe señalar que el Auto de Vista Nº 75/15 de 25 de mayo de 2015, ha considerado los argumentos del recurrente respecto a la afectación reclamada en sentido de no ser el representante legal y haber demostrado durante la tramitación del proceso no tener esa calidad, aspecto este que conforme se observa del primer considerando ha sido resuelto con fundamentos sustentados en la prueba cursante de fs. 11 a 171, demostrativa de que la relación obrero patronal existió entre los demandantes y el demandado, así como por la cursante de fs. 227 a 233, documental demostrativa de que la obra de construcción se ejecutó fungiendo el demandado como contratista generándose para este último las obligaciones laborales emergentes de la contratación de personal, en consecuencia la violación de la normativa procesal alegada , carece de fundamento, siendo correcta la valoración del Tribunal de alzada al respecto
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Justo Urquiza Apaza de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado conforme se aprecia del memorial de
- El recurrente inicia sus argumentos señalando que, el Auto de Vista de manera confusa refiere
- En cuanto a la indemnización, refiere que no corresponde, ya que los demandantes no fueron
- Con referencia, al subsidio de frontera el recurrente indica que, no existió la empresa que
- El recurrente concluye solicitando sea admitido el recurso de casación en el fondo, para que
- CONSIDERANDO II
- Con ese antecedente, expuestos que fueron los fundamentos del recurso de casación en el fondo
- El bono de frontera regulado con anterioridad por el reglamento del DS Nº 21060, ahora
- En ese entendido el Auto Supremo Nº 765 de 09 de octubre de 2015 expresa
- Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, corresponde resolver el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
