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    Auto Supremo AS/1098/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1098/2015

    Fecha: 03-Dic-2015

    Conforme a los argumentos expuestos, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista

    Conforme a los argumentos expuestos, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista por los arts. 271 num. 4) y 274 del Código de Procedimiento Civil
    • Distrito: Potosí
    • CONSIDERANDO I:
    • Contra dicha Resolución, Zenobia Jiobanna Olmedo Porres interpone recurso de apelación de fs
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
    • Del mismo modo refiere que para la procedencia de la acción reivindicatoria, es la existencia
    • Asimismo, alega la hoy recurrente, que al establecer las acciones en defensa de la propiedad
    • Por lo expuesta termina peticionando al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista
    • CONSIDERANDO III:
    • Conforme lo señalado, podemos advertir que el artículo 1453 del Código Civil al imprimir que
    • Por otra parte, y a criterio del Tribunal de alzada al señalar que: ”…al no
    • Por lo que se concluye que el fundamento esgrimido en el recurso de casación tiene
    • Conforme a los argumentos expuestos, corresponde a este Tribunal Supremo fallar en la forma prevista
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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