Auto Supremo AS/1098/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1098/2015

Fecha: 03-Dic-2015

Del mismo modo refiere que para la procedencia de la acción reivindicatoria, es la existencia

Del mismo modo refiere que para la procedencia de la acción reivindicatoria, es la existencia de un derecho de propiedad sobre la cosa cuya reivindicación se demanda, el solo hecho de tener el título de propiedad, otorga al propietario el corpus y animus sobre la cosa ejerciendo el uso, goce y disposición sobre aquella, facultándole además el derecho de reivindicar, de donde se tiene que el Auto de Vista ha soslayado e interpretado y aplicado erróneamente los fundamentos descritos