ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1111/2015
Sucre: 04 de Diciembre 2015
Expediente: T-10-15-S
Partes: Víctor Antonio Castro Rocha y Maria del Pilar Orozco Orosco c/
Yolanda, Nora, Natividad, Martha Lucio, Ivar y Eybert Orosco
Villarrubia
Proceso: Adición o Inclusión de Número de Matricula
Distrito: Tarija
VISTOS: El recurso de casación de Fs. 422 a 426 y vta., interpuesto por Eybert Orosco Villarrubia, impugnando el Auto de Vista Nº 122, de fecha 03 de diciembre de 2014, pronunciado por la Sala Civil, Comercial Familia Niñez y adolescencia y Violencia intra Familiar o Domestica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Tarija, dentro del proceso de determinación de superficie y Adición Nombre seguido a instancia de Víctor Antonio Castro Rocha y Maria del Pilar Orozco Orosco, la concesión del recurso de fs. 439, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que el proceso el Juez de Partido Primero en lo Civil del Departamento de Tarija, dictó Sentencia de fs. 301 a 309 y vta., de fecha 28 de diciembre de 2012, por la cual declaró probada la demanda de fs. 26-27 y aclarada a fs. 30-31, interpuesta por Víctor Antonio Castro Rocha y María del Pilar Orozco Orosco e improbadas las excepciones de prescripción y falta de acción y derecho y la demanda reconvencional interpuesta por Eyberth Orosco Villarrubia a fs. 69-78, sin costas por ser juicio doble y como consecuencia de ello dispone:1.- Que en el Titulo de los actores como en el registro correspondiente a las matriculas 6.01.1.0006046 y 6.01.1.01.0005975, se proceda a la adición del número de matrícula y segundo nombre del vendedor faltante debiendo quedar estos como matricula No. 6.01.1.0006046 e Ivar Marcelino Orosco Villarrubia. 2.- Que en la matricula 6.01.1.01.0006046 se proceda mediante subscripción a la inclusión del dato de la superficie del inmueble inscrito, debiendo quedar esta como 240 mts.2. 3.- en ejecución de Sentencia por Secretaria expida ejecutorial de las principales piezas del proceso encomendando su cumplimiento a las oficinas de Derechos Reales
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1111/2015
Sucre: 04 de Diciembre 2015
Expediente: T-10-15-S
Partes: Víctor Antonio Castro Rocha y Maria del Pilar Orozco Orosco c/
Yolanda, Nora, Natividad, Martha Lucio, Ivar y Eybert Orosco
Villarrubia
Proceso: Adición o Inclusión de Número de Matricula
Distrito: Tarija
VISTOS: El recurso de casación de Fs. 422 a 426 y vta., interpuesto por Eybert Orosco Villarrubia, impugnando el Auto de Vista Nº 122, de fecha 03 de diciembre de 2014, pronunciado por la Sala Civil, Comercial Familia Niñez y adolescencia y Violencia intra Familiar o Domestica y Publica Segunda del Tribunal Departamental de Tarija, dentro del proceso de determinación de superficie y Adición Nombre seguido a instancia de Víctor Antonio Castro Rocha y Maria del Pilar Orozco Orosco, la concesión del recurso de fs. 439, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que el proceso el Juez de Partido Primero en lo Civil del Departamento de Tarija, dictó Sentencia de fs. 301 a 309 y vta., de fecha 28 de diciembre de 2012, por la cual declaró probada la demanda de fs. 26-27 y aclarada a fs. 30-31, interpuesta por Víctor Antonio Castro Rocha y María del Pilar Orozco Orosco e improbadas las excepciones de prescripción y falta de acción y derecho y la demanda reconvencional interpuesta por Eyberth Orosco Villarrubia a fs. 69-78, sin costas por ser juicio doble y como consecuencia de ello dispone:1.- Que en el Titulo de los actores como en el registro correspondiente a las matriculas 6.01.1.0006046 y 6.01.1.01.0005975, se proceda a la adición del número de matrícula y segundo nombre del vendedor faltante debiendo quedar estos como matricula No. 6.01.1.0006046 e Ivar Marcelino Orosco Villarrubia. 2.- Que en la matricula 6.01.1.01.0006046 se proceda mediante subscripción a la inclusión del dato de la superficie del inmueble inscrito, debiendo quedar esta como 240 mts.2. 3.- en ejecución de Sentencia por Secretaria expida ejecutorial de las principales piezas del proceso encomendando su cumplimiento a las oficinas de Derechos Reales
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia Eyberth Orosco Villarrubia, interpuso recurso de apelación de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 3
- 4
- 5
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Partiendo de los fundamentos expuestos por la parte recurrente o reconvencionista se establece que el
- Lo expuesto nos permite concluir que si el sustento para la nulidad demandada radica en
- De lo manifestado se puede establecer que la nulidad se origina en una causa existente
- En cuanto a que la acción hubiese prescrito, dicho agravio en si no es claro
- De los agravios quinto y sexto, se advierte que los mismos son de forma, en
- Por todo los fundamentos relacionados corresponde declarar infundado el recurso en cuestión, por lo que,
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
