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    Auto Supremo AS/1111/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1111/2015

    Fecha: 04-Dic-2015

    FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

    6.-Señalar vulneración del art. 379 del C.P.C., en la falta de inclusión de los medios de prueba lo cual determina un incumplimiento del art. 90 del C.P.C.
    CONSIDERANDO III:
    FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
    Como primer agravio, acusa que el Tribunal de segunda instancia hubiese vulnerado el art. 636 del C.C., al señalar que la falta de pago del precio de la venta no es causal de nulidad, lo que también implica la errónea aplicación del art. 548 mismo Compilado Civil
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Contra la referida Sentencia Eyberth Orosco Villarrubia, interpuso recurso de apelación de fs
    • DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • 3
    • 4
    • 5
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Partiendo de los fundamentos expuestos por la parte recurrente o reconvencionista se establece que el
    • Lo expuesto nos permite concluir que si el sustento para la nulidad demandada radica en
    • De lo manifestado se puede establecer que la nulidad se origina en una causa existente
    • En cuanto a que la acción hubiese prescrito, dicho agravio en si no es claro
    • De los agravios quinto y sexto, se advierte que los mismos son de forma, en
    • Por todo los fundamentos relacionados corresponde declarar infundado el recurso en cuestión, por lo que,
    • POR TANTO
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1.000
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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