En su punto 2do
En su punto 2do., acusa la vulneración al debido proceso en su vertiente de motivación razonada y ponderada de la Sentencia, la misma que incurriría y se evidenciaría una serie de imprecisiones y anatocismos que determinan que no ha sido objeto de cuidadoso análisis, revisión ni evaluación racional contenida en el considerando segundo num. 5) párrafo segundo cuando se hace referencia al recurso de apelación. Continuando el recurrente indica que el Auto de Vista llega a indicar al bien inmueble en otra ciudad y jurisdicción distinta a la que en realidad pertenece, mencionado el recurrente que claramente ha quedado establecido que el bien inmueble objeto de litis, se halla y pertenece a “la Jurisdicción de la ciudad de La Paz, departamento de La Paz”, por lo que no puede ubicarse en otra ciudad distinta
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista de fecha indicado, el actor interpuso recurso de casación en
- En el fondo
- En su punto 2do
- Por su parte el 3er
- Finalmente en su último punto acusa, que para dar validez a la pretensión jurídica del
- Primeramente acusa una supuesta indefensión que se le habría causado con la celebración de la
- En otro punto acusa la omisión de prueba referente a la tradición de derecho propietario
- En la forma
- Antes de ingresar a considerar los cuatro puntos que son motivo de casación, se deberá
- 3ro
- Respecto al 3er
- Finalmente, corresponde referirnos a lo acusado en el punto 4to
- Por dichos motivos, se concluye que el Juez A quo y el Tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
