Finalmente en su último punto acusa, que para dar validez a la pretensión jurídica del
Finalmente en su último punto acusa, que para dar validez a la pretensión jurídica del demandado y restar eficacia a la pretensión del actor, de manera sugestiva se incurre en una fundamentación antagónica en el considerando quinto, párrafo primero cuando se refiere que el actor adjunta en calidad de prueba literal de cargo y la misma hubiera sido objetada por la parte demandada; indicando que el Ad quem da por hecho que su prueba fue objetada y desvirtuada, situación que no ocurriría en obrados toda vez que, no existe en absoluto ninguna justificación a la objeción a la prueba literal pre constituida de cargo, pero de manera oficiosa se argumenta que la prueba literal fue objetada por la parte demandada y recurrida, vulnerándose de esa manera el art. 382 del C.P.C. Y el mismo viene a constituirse en causal de casación en el fondo
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista de fecha indicado, el actor interpuso recurso de casación en
- En el fondo
- En su punto 2do
- Por su parte el 3er
- Finalmente en su último punto acusa, que para dar validez a la pretensión jurídica del
- Primeramente acusa una supuesta indefensión que se le habría causado con la celebración de la
- En otro punto acusa la omisión de prueba referente a la tradición de derecho propietario
- En la forma
- Antes de ingresar a considerar los cuatro puntos que son motivo de casación, se deberá
- 3ro
- Respecto al 3er
- Finalmente, corresponde referirnos a lo acusado en el punto 4to
- Por dichos motivos, se concluye que el Juez A quo y el Tribunal de alzada,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
