Auto Supremo AS/1175/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1175/2015-L

Fecha: 22-Dic-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil y 106 del Código Procesal Civil, ANULA obrados hasta fs. 17 (admisión de la demanda) sin reposición, por ser improponible la pretensión presentada por Justiniano Mercado Chávez, disponiendo el archivo de obrados, la misma sea previa a toda formalidad