Auto Supremo AS/0012/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0012/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

El art

El art. 410.II de la Constitución Política del Estado refiere que la aplicación de las normas jurídicas, se regirán por la jerarquía siguiente: “1. Constitución Política del Estado., 2. tratados internacionales, 3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de la legislación departamental, municipal e indígena y 4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes” Asimismo, debe tenerse en cuenta que el art. 2 del Decreto Ley de 9 de marzo de 1937, establece: "En caso de rebaja de sueldos, los empleados tendrán la facultad de permanecer en el cargo o retirarse de él, recibiendo la indemnización correspondiente a sus años de servicio" y que "El patrono deberá anunciar la rebaja de sueldo con tres meses de anticipación"