CONSIDERANDO I : Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Partido del Trabajo
VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 225 a 227 interpuesto por la Caja Nacional de Salud representado por Abdón Ramiro Laora Blanco, contra el Auto de Vista Nº 38/2010 SSA-II de 18 de febrero de 2010 cursante a fs. 223 emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro del proceso laboral que se tramita en liquidación, seguido por Luis Romero Flores, contra la Caja Nacional de Salud, la respuesta de fs. 230 a 231, el auto de fs. 232 que concedió el recurso, los antecedentes procesales, y;
CONSIDERANDO I : Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en fecha 5 de octubre del 2009, pronunció la Sentencia Nº 123/2009 de fs. 203 a 207, declarando probada en parte la demanda de fs. 01 de obrados, ordenando a la Caja Nacional de Salud, cancelar en favor del actor la suma de Bs.112.478,18.- (ciento doce mil cuatrocientos setenta y ocho 18/100 bolivianos), por concepto de multa del 30%, al haberse cancelado el monto de Bs.374.927,27.-, de acuerdo al finiquito de fs. 24
CONSIDERANDO I : Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en fecha 5 de octubre del 2009, pronunció la Sentencia Nº 123/2009 de fs. 203 a 207, declarando probada en parte la demanda de fs. 01 de obrados, ordenando a la Caja Nacional de Salud, cancelar en favor del actor la suma de Bs.112.478,18.- (ciento doce mil cuatrocientos setenta y ocho 18/100 bolivianos), por concepto de multa del 30%, al haberse cancelado el monto de Bs.374.927,27.-, de acuerdo al finiquito de fs. 24
- Auto Supremo Nº 21/2015-L
- Expediente: LP.259/2010
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I : Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Sexto de Partido del Trabajo
- En grado de apelación de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación de fs
- Añade también que si bien existe la figura legal de la Consignación de los beneficios
- Concluyó solicitando se declare Nulo el Auto de Vista Nº 38/2010 SSA-II de fecha 18
- CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes del memorial del recurso de fs
- Con respecto a lo manifestado sobre la Vacación Colectiva La Caja Nacional de Salud, refiere
- Sobre la confesión provocada del demandante el recurrente indica que habría falsedad en las declaraciones
- De tal manera en la especie, una vez efectuada la desvinculación laboral del actor con
- Asimismo, se recuerda que si bien resulta de aplicación preferente la ley especial sobre la
- De todo lo expuesto, se concluye que las afirmaciones realizadas en el recurso de Casación
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
