Auto Supremo AS/0021/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes del memorial del recurso de fs

CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes del memorial del recurso de fs. 225 a 227 de obrados, corresponde realizar las siguientes consideraciones:
Que de la relación laboral, el recurrente expresó que habría controversia en la fecha en que habría dejado de trabajar el demandante, por lo que, de la revisión de las pruebas literales presentadas por las partes y en especial de las cursantes a fs. 17 a 20, se evidencia que ha existido relación laboral, dentro de los alcances del art. 2 de la Ley General del Trabajo, habiéndose desempeñado el demandante como médico familiar, desde el 1 de enero de 1979 hasta el 17 de diciembre de 2007, por el tiempo de 28 años, 11 meses y 16 días, según se tiene de las literales de fs. 96, 98, 99 y 101 de obrados, por lo que el señor Luis Romero Flores habría sido reconocido como funcionario de esa entidad solo hasta el 16 de diciembre de 2007 y se le habría cancelado sus servicios solo hasta esa fecha por la entidad recurrente