Cuarto motivo del recurso, referido a que el Tribunal de alzada estableció que la Sentencia
Cuarto motivo del recurso, referido a que el Tribunal de alzada estableció que la Sentencia cumplía con lo dispuesto por la normativa vigente en cuanto a la valoración de la prueba, por cuanto de momento de pronunciar la Sentencia, se realizó la mención de las pruebas literales y testificales, así como la valoración conjunta y armónica de toda la prueba esencial para llegar a la averiguación de los hechos caudados. Conforme a dicha argumentación lo que correspondía en estricto apego al derecho y respeto a la ley, era confirmar la Sentencia condenatoria y no disponer la absolución del imputado, consiguientemente con dicha decisión se vulneraron los arts. 173, 330, 333 del CPP. En cuanto a lo alegado al igual que el tercer motivo, corresponde a una relación o cita de una parte del Auto de Vista recurrido, totalmente insuficiente en cuanto a los argumentos y bases que se deben otorgar a este Tribunal a los fines de que se pueda ingresar a realizar la labor de contrastación prevista en los arts. 416 y siguientes del CPP, esto sumado a la falta de invocación de precedente contradictorio hace inviable la consideración de fondo
- Por memorial presentado el 19 de mayo de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular René Antonio Claros Almendras en representación de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) En el Considerando II, del epígrafe correspondiente al segundo punto de la resolución recurrida,
- 3) En el Auto de Vista por un lado se hubiese señalado que se circunscribe
- 4) El Tribunal de alzada estableció que la Sentencia cumplía con lo dispuesto por la
- 5) No se realizó una correcta consideración del delito de Estelionato en cuando a la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 13 de mayo de 2009, el
- Respecto del primer motivo, que el Auto de Vista del cual recurre le fue notificado
- En cuanto al segundo motivo, en el que se denuncia que en el Considerando II,
- Al tercer motivo, referido a que el Auto de Vista por un lado se hubiese
- Cuarto motivo del recurso, referido a que el Tribunal de alzada estableció que la Sentencia
- Al motivo quinto del recurso, refiriendo que no se realizó una correcta consideración del delito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
