ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida
- Por memorial presentado el 19 de mayo de 2009 cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular René Antonio Claros Almendras en representación de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) En el Considerando II, del epígrafe correspondiente al segundo punto de la resolución recurrida,
- 3) En el Auto de Vista por un lado se hubiese señalado que se circunscribe
- 4) El Tribunal de alzada estableció que la Sentencia cumplía con lo dispuesto por la
- 5) No se realizó una correcta consideración del delito de Estelionato en cuando a la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 13 de mayo de 2009, el
- Respecto del primer motivo, que el Auto de Vista del cual recurre le fue notificado
- En cuanto al segundo motivo, en el que se denuncia que en el Considerando II,
- Al tercer motivo, referido a que el Auto de Vista por un lado se hubiese
- Cuarto motivo del recurso, referido a que el Tribunal de alzada estableció que la Sentencia
- Al motivo quinto del recurso, refiriendo que no se realizó una correcta consideración del delito
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
