Auto Supremo AS/0065/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0065/2015-RRC-L

Fecha: 27-Feb-2015

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente


II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:

II.1. La audiencia de juicio oral

Según el acta de audiencia pública de juicio oral de 22 de mayo de 2009 (fs. 71 a 76 vta.), de antecedentes, se establece que, recepcionada la prueba testifical de cargo, el abogado de la parte querellante, manifestó que de acuerdo a la atestación de Cecilio Miranda Canaviri y al inc. 3) del art. 335 y 348 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se proceda a la suspensión de la audiencia, al existir dos nuevos testigos; corrida en traslado esta solicitud, el abogado de la parte imputada indicó que, en virtud de que tendrían testigos de su parte pide la suspensión de la audiencia; asimismo, rechazó la producción de prueba extraordinaria, con el argumento de que no se acomoda a procedimiento penal y que se habrían mencionado hechos que no harían al proceso.

La Juez a quo determinó en el mismo acto que: “…la prueba extraordinaria tiene como bases conceptuales el hecho de que esta sea una prueba que haya sido emergente de la discusión o del debate de ninguna manera puede esta prueba extraordinaria, producir aquella que por descuido o negligencia la parte no ha ofrecido en su oportunidad se ha mencionado en el desarrollo de esta audiencia nombres de varias personas, entre estos al Dr. Oscar Villafuerte y Marcos Céspedes como testigos de estos hechos por lo que se da curso a lo solicitado, y se dispone la notificación y se admite la prueba extraordinaria en las personas mencionadas, testigos a quienes se deberá notificar para audiencia de juicio oral…” (sic), finalmente procedió a fijar día y hora para la realización de la audiencia, concluyendo con ello la audiencia sin que conste que contra esta determinación se haya formulado recurso alguno.

II.2. Sentencia