Auto Supremo AS/0080/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2015-RA

Fecha: 03-Feb-2015

Finalmente con relación al noveno motivo en la que denuncia que el Tribunal de apelación


Finalmente con relación al noveno motivo en la que denuncia que el Tribunal de apelación no consideró que la naturaleza del proceso corresponde a la acción civil, pues así se habría establecido en el documento de anticrético suscrita por ambas partes, debiendo en consecuencia a decir de la recurrente aplicarse los arts. 363 núm. 2, 3 concordante con el art. 370 núm. 1, 4, 5, 6 y 11 del CPP. De la revisión del recurso de casación se observa que no invocó precedente contradictorio alguno, para que este Tribunal pueda ejercer la labor que le encomienda la ley en los términos exigidos por el art. 417 del CPP, en consecuencia, al no ser posible la probable aplicación distinta de doctrina legal contenida en precedentes, y ante el evidente incumplimiento de los requisitos de admisión, este motivo también resulta inadmisible