Auto Supremo AS/0084/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2015

Fecha: 06-Feb-2015

Al iniciar la demanda no se habría señalado cual era su calidad en la denominada

Al iniciar la demanda no se habría señalado cual era su calidad en la denominada OTB y el Sistema de Riego, que no se habría acreditado personería de las partes, que violaría el art. 687 del Código de Procedimiento Civil, sugiriendo que fuera parte de un proceso viciado de nulidad en violación del art. 11-II de la CPE, en relación a lo dispuesto por el art. 149 de la Ley 2028, al no haberse determinado la personería de OTB Mora Mora y la documentación del Sistema de Riego, que dice la misma debiera tener carácter de Cooperativa, no contarían con estatutos ni reglamentos que regulen y dirijan los procesos de rendición de cuentas, que la misma fuera una organización de control social y en ningún caso podría ejercer actos de con fines de lucro, por lo que no seria admitido la rendición de cuentas, refiriendo a la Ley de Municipalidades, cuestionando la denominación de socios