Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0084/2015
Fecha: 06-Feb-2015
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Rocha
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Proceso: Rendición de cuentas
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I:
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CONSIDERANDO II:
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Al iniciar la demanda no se habría señalado cual era su calidad en la denominada
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Las resoluciones de instancia de admisión de la demanda contravendrían lo establecido por el art
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Que el Juez Instructor habría dispuesto la entrega de toda la documentación del manejo económico
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Que los falsos demandantes se habrían apersonado al Juzgado de Partido señalando en el proceso
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Hace referencia a actuados del proceso de manera reiterativa, cuestionando la jurisdicción en la que
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En punto aparte refiere efectuar fundamentación jurídica, y señala al art
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Alude al voto disidente, pretendiendo incompetencia, que vulneraría el debido proceso, violando además dice las
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Como petitorio sostiene que recurre de casación en la forma y en el fondo a
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En razón de estar planteado el recurso de casación tanto en la forma como en
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Por otro lado, es preciso referir al principio de convalidación, y que las nulidades procesales
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Lo propio ocurre cuando cuestiona su intervención dando un entendimiento distinto al asumido a tiempo
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Por otro lado, a fin de desvirtuar la pretendida violación de la ley de Municipalidades
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En ese contexto cuando de manera genérica se pretende la existencia de violación del art
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Aquel aspecto no se configura en el caso de autos, pues si la recurrente consideraba
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Así explicada la problemática planteada por la recurrente, la reiteración de argumentos sobre la tramitación
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regulan los honorarios del Abogado en la suma de Bs. 1.000
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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