Auto Supremo AS/0104/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0104/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

pertinentes, declaraciones entre las que resalta la de Ever Esteve Millan Mercado, que la Juzgadora


La Jueza Primera de Sentencia, a través de la Resolución 010/2011, absolvió de culpa y pena a Adriana Gabriela Garzón Villarroel, por los delitos de Difamación e Injuria, dictando sentencia condenatoria contra Inés Romero Rodas de León por el delito de Injuria, imponiéndole la pena de prestación de trabajo de cinco meses a favor de la colectividad, más el pago de sesenta días multa a razón de Bs. 5.- por día, sin costas, absolviéndola del delito de Difamación, con los siguientes fundamentos:

i)En el apartado dedicado al desarrollo de la prueba testifical de Adriana Garzón Villarroel, expuso las declaraciones de cada uno de los testigos restándole valor a los que no contribuyeron al esclarecimiento del hecho y asignándoles valor a los que consideró


pertinentes, declaraciones entre las que resalta la de Ever Esteve Millan Mercado, que la Juzgadora consideró creíble por ser espontánea y existir certeza de que era una persona que estuvo en el lugar de los hechos porque precisamente trabaja allí y además por considerar que no tiene interés en el proceso al ser testigo presencial del hecho ocurrido aunque no hubiera precisado las palabras vertidas en esa ocasión, acreditó que se suscitó el hecho. En igual sentido, concibió la declaración de Marcelo León Batallanos, afirmando que era una persona que estuvo en el lugar de los hechos porque precisamente trabajaba allí y además por considerar que no tiene interés en el proceso, constituyéndose en testigo presencial y directo del hecho ocurrido. Por otro lado, en cuanto a la prueba producida por Inés Romero Rodas, específicamente en cuanto a Mario Sergio Medina Hoyos, quien manifestó que presenció el hecho, la Juez estableció que la misma tenía relativa credibilidad porque tuvo dubitaciones e incurrió en contradicción con los testigos Ever Esteve Millan Mercado y Marcelo León Batallanos, cuando manifestó que no había gente, siendo que los funcionarios manifestaron que la cola era larga y que había mucha gente; asimismo, en cuanto a que iba acompañada de un niña, los funcionarios expresaron que estaba sola. Con relación a la declaración de Rina Adriana Rodas Mamani, manifestó que tenía relativa credibilidad por cuanto cayó en contradicción cuando manifestó que no había gente, siendo que los funcionarios manifestaron que la cola era larga y que había mucha gente, dijo que no se le acercó nadie a Inés Romero Rodas; empero, el testigo Esteve Millan Mercado, aseguró que se le acercó para decirle que se vaya; y, sobre todo al decir que se acercó sola, siendo que Sergio Medina Hoyos dijo que estaba con una niña