Auto Supremo AS/0105/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2015

Fecha: 12-Feb-2015

De la revisión de la demanda interpuesta por Empresa Agropecuaria BENASAL S

De la revisión de las demanda interpuesta por Leni Sofia Dzierzynski Ortiz, en lo fundamental cuestiona si la obligación que tenía Empresa Agropecuaria BENASAL S.A., hubiera sido cumplido, cuestiona la forma de proceder de dicha empresa, respecto a la notificación efectuada en la ciudad de Santa Cruz donde no esta su domicilio, cuando debió efectuarse la notificación en Montero y a raíz del mismo solicita la se declare caducidad del derecho de opción de venta de terrenos agrícolas que fue establecida en favor de Empresa Agropecuaria BENASAL S.A., esto quiere decir que la demandante cuestiona la prestación efectuada por BENASAL S.A. y con ello pretende la caducidad del derecho de opción que tendría dicha empresa agropecuaria sobre la venta de terrenos agrícolas, asimismo pretende la modificación del proceso de oferta de pago y consignación, deduciendo que la pretensión formulada por la actora es una acción personal, pues cuestiona si la forma de proceder de BENASAL S.A. fue o no la correcta, acción personal que tiene su origen en base al derecho de propiedad de un inmueble agrario como ha sido descrito por la propia actora en el contenido de su demanda y el contrato establecido en la Escritura Pública Nº 3512/2006.
De la revisión de la demanda interpuesta por Empresa Agropecuaria BENASAL S.A., se tiene que el mismo señala que con la demanda Leni Sofia Dzierzynski Ortiz, hubiera suscrito un contrato de arrendamiento sobre 300 Has., en la que se hubiera pactado la opción de compra de terrenos en favor del arrendatario (BENASAL S.A.), derecho de opción que dicha empresa señala haberse ejercido mediante carta notificada notarialmente a la propietaria, habiendo efectuado el pago del precio de la venta mediante proceso judicial de oferta de pago y consignación, y en la pretensión principal señala que la vendedora cumpla con su obligación de firmar la minuta de transferencia y el pago de daños y perjuicios, pretensión principal que se traduce en una acción personal, pues busca el cumplimiento de la obligación para la transferencia de una propiedad inmueble agraria