Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0106/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0106/2015

    Fecha: 12-Feb-2015

    No se impone multas, por ser error excusable

    No se impone multas, por ser error excusable
    • Distrito: Cochabamba
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Del contenido del recurso de casación, en lo esencial se resume lo siguiente
    • De igual manera acusan que el Auto de Vista que confirma es incongruente y atentatorio
    • Así mismo hace las siguientes puntualizaciones
    • 2
    • 3
    • 4
    • 7
    • 8
    • Argumentan que estos serían extremos de certeza jurídica, que no habrían sido considerados por la
    • Invocan el art
    • Indicando las pruebas aparejadas sobre el error de transcripción consolidarían a su favor el derecho
    • En base a esos antecedentes concluye indicando que interponen recurso de casación en el fondo
    • CONSIDERANDO III
    • Para lo cual se debe discriminar una Sentencia de una Orden Judicial, ésta última es
    • Así mismo se debe hacer referencia que, las Subinscripciones son conocidas también como rectificaciones, son
    • En estos casos Juez debe simplemente verificar que concurran los presupuestos necesarios para dar curso
    • Sin embargo el Juez debe diferenciar, comprender y discriminar lo que es una Orden Judicial
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • No se impone multas, por ser error excusable
    • En virtud a lo previsto en el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca