Auto Supremo AS/0121/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2015

Fecha: 24-Feb-2015

Corresponde nuevamente reiterar conclusiva de Auto Supremo 419/2014 que a la letra dice: “Por todas

Corresponde nuevamente reiterar conclusiva de Auto Supremo 419/2014 que a la letra dice: “Por todas las consideraciones realizadas, se concluye que el Ad quem al disponer la nulidad del proceso, ha actuado al margen de lo permitido por la Ley, ni observó los principios de especificidad y trascendencia que rigen las nulidades procesales, sustrayéndose de su obligación de resolver el recurso de apelación, y frente a esa situación, este Tribunal de Casación se encuentra legalmente imposibilitado de poder resolver el fondo del asunto, no quedando otra alternativa que anular la Resolución impugnada conforme previene el art. 271 num. 3) del Código de Procedimiento Civil ”