Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0026/2015-L
Fecha: 23-Mar-2015
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Auto Supremo Nº 26/2015-L
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Expediente: LP.305/2010
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Distrito: La Paz
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Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
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CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
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En grado de apelación formulada por la empresa demandada de fs
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Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de casación en el
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Asimismo denunció que a los actores no les corresponde el pago de primas anuales toda
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Que habiendo sido determinado equivocadamente los años de servicio correspondería para el pago de bono
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Asimismo acusó que no debieron ser tomadas en cuenta por el tribunal ad quem las
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Concluye solicitando dicte el correspondiente auto supremo casando el auto de vista recurrido y deliberando
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CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
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Referente a que no les corresponde a los actores el pago de primas por la
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Con referencia a que no corresponde a los actores el pago de bono de antigüedad
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Respecto a que no debieron ser tomadas en cuenta por el tribunal de alzada las
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De todo lo expuesto, se concluye que las afirmaciones realizadas en el recurso de casación,
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
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