Auto Supremo AS/0026/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0026/2015-L

Fecha: 23-Mar-2015

Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de casación en el

Que, el referido auto de vista, motivo la interposición del recurso de casación en el fondo de fs. 432 a 435 por la empresa Minera Puerta del Sol, representada por Martín Bussón Oblitas, en el que acusó lo siguiente:
Que el tribunal ad quem realizó mala valoración de la prueba infringiendo lo establecido en el art. 253.3 del Código de Procedimiento Civil, al determinar equivocadamente el tiempo de servicios de los actores Gerónimo Huayller Poma y Lucio Huayller Poma, por existir una interrupción entre contratos de 1 año, 10 meses y 11 días; que la primera contratación culminó en fecha 17 de enero de 2001 conforme sale del documento público cursante en el anexo Nº 6, en el que se establece que los actores dejaron de trabajar de manera voluntaria aceptando retirarse, suscribiendo un nuevo contrato en fecha 28 de noviembre de 2002, por lo que debió computarse para los años de servicio posterior a esa fecha, que al no determinar el tiempo de servicios sin la interrupción señalada se infringió y violentó el art. 20 de la LGT, y art. 3ro. del DS Nº 07850 de 1 de noviembre de 1966