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Esta interpretación es la correcta, implicando con ello que la prescripción para solicitar la renta de viudedad, se extinguía a los tres años, computados a partir del fallecimiento del causante
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- I
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- Ante esta solicitud el SENASIR, mediante Resolución Nº 7617 de 26 de junio de 2008
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- Sin embargo, esta normativa fue derogada a momento de emitirse el D
- En el caso presente, revisando el auto de vista objeto de la impugnación vía recurso
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- En virtud de lo precedentemente expuesto, se concluye que el tribunal de alzada al confirmar
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