I
I.1.2 Más adelante, fallecido el asegurado, por nota de 20 de junio de 2006, María Rodas Vda. de Molina (fs. 59), solicita la Rehabilitación de renta, motivando que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR pronuncie la Resolución 0007617 de 26 de junio de 2008 (fs. 108 a 107) que: 1) Anuló la Resolución 13970 de 14 de octubre de 1999; 2) Ordenó revertir definitivamente las boletas procesadas a nombre del causante; 3) Desestimó la renta única de viudedad solicitada; 4) Autorizó el pago de renta única de vejez a favor de la derechohabiente de diciembre de 1997 a octubre de 1998.
I.1.3 Ese Fallo administrativo motivó la interposición de recurso de reclamación (fs. 112 a 111), que a su turno fue resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR por medio de la Resolución 1324/08 de 4 de diciembre, que confirmó su antecesora Nº 7617 de 26 de junio “por encontrarse de acuerdo a datos del expediente y normas legales que rigen la materia” (sic)
I.1.4. Ante aquella confirmación Victoria Rodas Vda. de Molina opuso recurso de apelación (fs. 146 y vta.), que puesto a conocimiento de la Sala Social y Administrativa en la Corte Superior de Distrito de Judicial de Oruro, dictó el Auto de Vista Nº AV SSA 71/2010 de 30 de octubre (fs. 186 a 188), que confirmó la Resolución Nº 1324 de 4 de diciembre
I.1.3 Ese Fallo administrativo motivó la interposición de recurso de reclamación (fs. 112 a 111), que a su turno fue resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR por medio de la Resolución 1324/08 de 4 de diciembre, que confirmó su antecesora Nº 7617 de 26 de junio “por encontrarse de acuerdo a datos del expediente y normas legales que rigen la materia” (sic)
I.1.4. Ante aquella confirmación Victoria Rodas Vda. de Molina opuso recurso de apelación (fs. 146 y vta.), que puesto a conocimiento de la Sala Social y Administrativa en la Corte Superior de Distrito de Judicial de Oruro, dictó el Auto de Vista Nº AV SSA 71/2010 de 30 de octubre (fs. 186 a 188), que confirmó la Resolución Nº 1324 de 4 de diciembre
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Justina Graciela Sánchez Alvarado de
- I
- En suma el recurso de casación posee un solo motivo para su análisis, que es
- La recurrente como apoyo a su pretensión cita y transcribe porciones de los Autos Supremos
- El SENASIR por medio de memorial saliente de fs
- Ante esta solicitud el SENASIR, mediante Resolución Nº 7617 de 26 de junio de 2008
- Ahora bien, en problemáticas de hecho, análogas a la presente, como lo es la extemporaneidad
- Esta interpretación es la correcta, implicando con ello que la prescripción para solicitar la renta
- Sin embargo, esta normativa fue derogada a momento de emitirse el D
- En el caso presente, revisando el auto de vista objeto de la impugnación vía recurso
- Empero, revisando detenidamente la misma resolución de vista, se concluye que también, en forma errada,
- Por lo demás, y en ese orden de ideas, debe tenerse presente que el concepto
- En virtud de lo precedentemente expuesto, se concluye que el tribunal de alzada al confirmar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
