Auto Supremo AS/0080/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Con relación a lo cual, tampoco se citaron precedentes contradictorios, empero, sí se cumplieron con


Con relación a lo cual, tampoco se citaron precedentes contradictorios, empero, sí se cumplieron con los presupuestos de flexibilización, porque como se demostró, se explicó de manera razonable la presunta vulneración del derecho vulnerado (debida fundamentación), identificando los hechos concretos que hubieren causado agravio y dado lugar al resultado dañoso, como son los glosados en el párrafo anterior, explicando en qué consistió la errada fundamentación denunciada y que por ello, se incurrió en el defecto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, al rechazar su recurso de apelación con argumentos supuestamente contrarios a los cursantes en el cuaderno procesal