Auto Supremo AS/0086/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

En el octavo motivo, denunció la recurrente que el Tribunal de alzada no observó la


En el octavo motivo, denunció la recurrente que el Tribunal de alzada no observó la falta de fundamentación de la Sentencia, al no cumplir con el art. 360 inc. 4) del CPP y se habría amparado en los arts. 6 de la CPE, 14 concordante con el 45 del CP, sin observar que sólo fue juzgado por el tipo penal previsto por el art. 345 del CP; motivo en el que el recurrente invocó como precedente contradictorio los Autos Supremos 73 de 10 de febrero de 2004, 34 de 22 de enero de 2004 y 166 de 12 de mayo de 2005; sin embargo nuevamente, la recurrente se limitó a la transcripción de los mismos sin señalar en términos precisos la supuesta contradicción entre estos y la resolución hoy impugnada, tampoco señaló con claridad qué agravio denunciado en apelación restringida, no fue debidamente fundamentado por el Auto de Vista impugnado, incumpliendo nuevamente con lo dispuesto por el art. 417 párrafo segundo del CPP, deviniendo en inadmisible el recurso de casación