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    Auto Supremo AS/0137/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0137/2015-RRC-L

    Fecha: 27-Mar-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2009, cursante de fs
    • 1) Por Sentencia 09/2009 de 22 de mayo (fs
    • 3) El 22 de septiembre de 2009 (fs
    • Del memorial de casación y el Auto Supremo de admisión 019/2015-RA-L de 4 de febrero,
    • La recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado en vulneración del
    • En el ámbito de la denuncia, arguye la contradicción del Auto de Vista con relación
    • I.1.2. Petitorio
    • Al no existir correlación o identidad de pensamiento entre el Auto de Vista de 1
    • I.1.3. Respuesta de la parte contraria
    • Revisados los antecedentes del caso, se establece que la parte acusada no respondió al recurso
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 019/2015-RA-L de 04de febrero, este Tribunal declaró “ADMISIBLE” (sic), el recurso interpuesto
    • II.1. Sentencia
    • Por Sentencia 09/2009de 22 de mayo(fs
    • La conclusión arribada en la Sentencia absolutoria, tiene como base del fundamento que, efectuada la
    • II.2. Del recurso de apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • II.3 Auto de Vista Impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista de 01 de septiembre
    • b) En relación a la existencia de los defectos de la sentencia previstos en los
    • En el recurso de casación de María Jacqueline Vildoso Vargas admitido por la invocación de
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por el art
    • III.2. Consideraciones doctrinales respecto a la debida fundamentación
    • Siendo un imperativo que las resoluciones emitidas por las autoridades jurisdiccionales estén debidamente motivadas y
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
    • Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
    • III.3 Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
    • La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
    • formula de un modo general y abstracto, en el que se omite realizar una exposición
    • El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • III.4. De los precedentes invocados
    • Por tanto es obligación del Tribunal de alzada, de la misma manera pronunciarse FUNDADAMENTE, respecto
    • El Tribunal Constitucional a través de la Sentencia Constitucional 1369/01-R al respecto señala: "cuando un
    • Por otra parte, se vulnera asimismo la garantía constitucional del debido proceso así como no
    • El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1º del Código de Procedimiento
    • “Que se consideran defectos absolutos cuando en la sentencia no existen razones ni criterios sólidos
    • Que la falta de precisión en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
    • Los precedentes invocados corresponden a situaciones similares respecto a los motivos de falta de
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • Respecto de la falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido, en torno a no
    • Consecuentemente, del razonamiento arribado por el Tribunal de alzada en el Auto de Vista recurrido,
    • De igual manera también, debe tomarse en cuenta que de la verificación de los argumentos
    • Habiendo analizado los argumentos expuestos en el memorial de casación, por los fundamentos precedentes, este
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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