La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc. 6) del art. 370 del CPP, como norma habilitante, debe encontrarse vinculada a la infracción del art. 173 del mismo cuerpo legal; es decir, a la vulneración de las reglas de la sana crítica, que son aquellas que conoce el hombre común (sentido común – conocimiento adquirido por cualquier persona de forma espontánea como verdad irrefutable); las reglas de la ciencia, entre las cuales la más aplicada es la de la psicología, que en el caso del juzgador requiere conocimientos mínimos (se aplican cuando el juzgador observa comportamientos); además de las reglas de la lógica (la lógica de lo razonable); es decir, las reglas de la identidad, de contradicción, de tercero excluido o de razón suficiente, para crear un razonamiento debidamente estructurado. Lo que implica, que quien alegue defectuosa valoración de la prueba, debe brindar información necesaria que posibilite identificar cuál de las reglas del recto entendimiento humano fueron infringidas o soslayadas, señalando de forma ineludible, cuáles las afirmaciones o hechos contrarios a la experiencia común, cuáles los hechos no ciertos en los que se sustenta el fallo, de qué manera los medios de prueba fueron valorados indebidamente, cuáles las conclusiones que demuestren cosa diferente a la que se tuvo como cierta con base en ellos, cuál el o los elementos analizados arbitrariamente; únicamente planteado en esos términos el recurso, es posible el control sobre la valoración de la prueba, control que debe ser ejercitado sobre la logicidad de la Sentencia, teniendo como circunscripción lo argumentado en el recurso
- Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2009, cursante de fs
- 1) Por Sentencia 09/2009 de 22 de mayo (fs
- 3) El 22 de septiembre de 2009 (fs
- Del memorial de casación y el Auto Supremo de admisión 019/2015-RA-L de 4 de febrero,
- La recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado en vulneración del
- En el ámbito de la denuncia, arguye la contradicción del Auto de Vista con relación
- I.1.2. Petitorio
- Al no existir correlación o identidad de pensamiento entre el Auto de Vista de 1
- I.1.3. Respuesta de la parte contraria
- Revisados los antecedentes del caso, se establece que la parte acusada no respondió al recurso
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 019/2015-RA-L de 04de febrero, este Tribunal declaró “ADMISIBLE” (sic), el recurso interpuesto
- II.1. Sentencia
- Por Sentencia 09/2009de 22 de mayo(fs
- La conclusión arribada en la Sentencia absolutoria, tiene como base del fundamento que, efectuada la
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3 Auto de Vista Impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista de 01 de septiembre
- b) En relación a la existencia de los defectos de la sentencia previstos en los
- En el recurso de casación de María Jacqueline Vildoso Vargas admitido por la invocación de
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- III.2. Consideraciones doctrinales respecto a la debida fundamentación
- Siendo un imperativo que las resoluciones emitidas por las autoridades jurisdiccionales estén debidamente motivadas y
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Asimismo, para una fundamentación o motivación no se precisa que esta sea extensa o redundante
- Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
- III.3 Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- formula de un modo general y abstracto, en el que se omite realizar una exposición
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- III.4. De los precedentes invocados
- Por tanto es obligación del Tribunal de alzada, de la misma manera pronunciarse FUNDADAMENTE, respecto
- El Tribunal Constitucional a través de la Sentencia Constitucional 1369/01-R al respecto señala: "cuando un
- Por otra parte, se vulnera asimismo la garantía constitucional del debido proceso así como no
- El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1º del Código de Procedimiento
- “Que se consideran defectos absolutos cuando en la sentencia no existen razones ni criterios sólidos
- Que la falta de precisión en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
- Los precedentes invocados corresponden a situaciones similares respecto a los motivos de falta de
- III.5. Análisis del caso concreto
- Respecto de la falta de fundamentación del Auto de Vista recurrido, en torno a no
- Consecuentemente, del razonamiento arribado por el Tribunal de alzada en el Auto de Vista recurrido,
- De igual manera también, debe tomarse en cuenta que de la verificación de los argumentos
- Habiendo analizado los argumentos expuestos en el memorial de casación, por los fundamentos precedentes, este
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
