Auto Supremo AS/0148/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Con relación al fondo después de la revisión efectuada al proceso se evidencia que los

Sin embargo de lo anotado, a menester añadir que en éste caso, al igual que en el anterior, omitieron exponer cuál la trascendencia del supuesto vicio, cuál el perjuicio ocasionado y cuál el derecho que se les hubiese lesionado, de modo tal que se justifique la nulidad en la vía de tutela de sus derechos.
Con relación al fondo después de la revisión efectuada al proceso se evidencia que los recurrentes, se limitaron a señalar que, al haberse redactado la Minuta de Transferencia, de acuerdo a la orden expresa con la Resolución Administrativa Nº 05/97 del 20 de febrero de 1997, la citada minuta quedó nula y sin valor legal por haber operado la Resolución de Contrato, debiendo tomarse en cuenta que a tiempo de la entrega en condición de asesor jurídico no estuvo presente en el momento de la entrega, sin acusar infracción legal alguna, mucho exponer cuál la relevancia de tales hechos