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    Auto Supremo AS/0148/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0148/2015

    Fecha: 19-Mar-2015

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.
    • CONSIDERANDO I
    • Dicha resolución motivó los recursos de casación en la forma y en el fondo, de
    • Alegó que, el Auto de Vista debió circunscribirse a lo establecido por el art
    • Señaló que, de acuerdo a lo expresado por el art
    • Refirió que, al haberse redactado la Minuta de Transferencia, de acuerdo a la orden expresa
    • Concluyo solicitando que Tribunal Supremo de Justicia declare anulando obrados hasta el vicio más antiguo
    • A efectos de resolver el problema jurídico traído en casación circunscrito fundamentalmente a la nulidad
    • “Al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata de
    • Asimismo, en el referido Auto Supremo citado, se precisa el concepto del principio de trascendencia,
    • Por otro lado, en cuanto al supuesto vicio de nulidad vinculado a la citación de
    • En efecto, considerando la pretensión, cual es la nulidad y, tomando en cuenta que los
    • Así entonces mal podría éste Tribunal anular obrados cuando el supuesto agravio lo hubiese sufrido
    • Con relación al fondo después de la revisión efectuada al proceso se evidencia que los
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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